Una pregunta que constantemente recibimos es si es posible efectuar el trámite de divorcio, desde el extranjero, con uno o ambos de los cónyuges residiendo fuera de nuestro país. Ya sea unilateral, culposo o de mutuo acuerdo, es posible, y dependiendo del caso, tomará más o menos tiempo. Acá te explicamos en detalle el paso a paso:
¿Puedo divorciarme desde el extranjero?
Sí, en cualquier caso, y ante todo evento. Independiente del lugar donde estés, o esté tu cónyuge, es posible efectuar el trámite.
Pueden existir distintas situaciones, que a continuación detallamos.
Divorcio de mutuo acuerdo desde el extranjero
En caso que ambos cónyuges estén de acuerdo en el divorcio, y cumplan un mínimo de separación de un año, podrán efectuar el trámite. Los posibles escenarios son los siguientes:
- Ambos cónyuges residiendo en el extranjero y con cédula chilena: Si ambos cuentan con cédula chilena, podrán firmar el divorcio mediante Clave Única y ratificar su firma a través de videollamada con el tribunal, gestión que nuestro equipo de abogados coordinará. No reviste mayor complejidad.
- Ambos cónyuges residiendo en el extranjero y uno o ambos sin cédula chilena: En este caso, se puede intentar presentar la demanda solicitando su ratificación mediante videollamada y exhibición de pasaporte. Dicha videollamada la coordina nuestro equipo. Dependiendo del criterio del tribunal, es posible que esta alternativa sea rechazada, por lo que no es en su totalidad, segura, no obstante, se puede intentar sin ninguna consecuencia negativa.
- Ambos cónyuges residiendo en el extranjero con cédula chilena, o sin cédula chilena: La alternativa en caso que no quieran firmar con Clave Única, o no la tengan, es mediante un mandato que firman ambos cónyuges en el respectivo Consulado en el que se encuentren residiendo. Ese mandato es a nombre de uno de nuestros abogados. El mandato se paga directamente por el interesado en Consulado, y se despacha por parte de la misma institución a Chile. Se indica la dirección de nuestra oficina, y entre 1-4 semanas es recibido por nuestro equipo pudiendo iniciar los trámites.
- Un cónyuge en territorio nacional, y la otra parte en el extranjero: El o la cónyuge que se encuentre en Chile, puede firmar mediante Clave Única o Notaría, mientras que el cónyuge radicado fuera del país, puede suscribir mediante Clave Única en caso que la tenga, o mediante mandato ante Consulado tal cual fue explicado en punto 3 del presente listado.
Divorcio unilateral desde el extranjero
En caso que sólo uno de los cónyuges esté de acuerdo en el divorcio, y cumplan un mínimo de separación de tres años, podrán efectuar el trámite. Los posibles escenarios son los siguientes:
- Cónyuge demandante residiendo en el extranjero y con cédula chilena: En este caso, podrá suscribir los documentos de divorcio mediante Clave Única y ratificar su firma a través de videollamada con el tribunal, gestión que nuestro equipo de abogados coordinará. No reviste mayor complejidad.
- Cónyuge demandante residiendo en el extranjero y sin cédula chilena: Existen dos posibilidades; la primera, presentar la demanda solicitando su ratificación mediante videollamada y exhibición de pasaporte. Dicha videollamada la coordina nuestro equipo. Dependiendo del criterio del tribunal, es posible que esta alternativa sea rechazada, por lo que no es en su totalidad, segura, no obstante, se puede intentar sin ninguna consecuencia negativa; la segunda, es suscribir mandato en Consulado más cercano a su domicilio. Ese mandato es a nombre de uno de nuestros abogados. El mandato se paga directamente por el interesado en Consulado, y se despacha por parte de la misma institución a Chile. Se indica la dirección de nuestra oficina, y entre 1-4 semanas es recibido por nuestro equipo pudiendo iniciar los trámites.
- Cónyuge demandado residiendo en el extranjero: En caso que la persona a demandar por divorcio se encuentre residiendo en el extranjero, se debe iniciar el proceso de divorcio mediante “defensor de ausentes”. En este caso, se presenta la demanda, y se solicita oficiar a Policía de Investigaciones Control de Fronteras a fin que detalle ingresos y egresos de él o la demandada del país. Una vez que PDI informe tal situación -puede tomar entre tres a seis semanas-, acreditando que el cónyuge a demandar se encuentra residiendo en el extranjero, se solicita a tribunal la designación de un defensor de ausentes. Esta figura es un abogado o abogada, que asume la defensa del cónyuge que no se encuentra en Chile, y básicamente se atiene a lo que nuestro equipo acredite, que es, que, ambos llevan separados más de tres años. El defensor de ausentes se debe pagar directamente a él, y tiene un valor que oscila generalmente entre los $200.000-$350.000, existiendo la posibilidad de pagar en cuotas. El defensor de ausentes no puede demandar compensación económica.
Tengo cédula chilena, pero no tengo Clave Única. ¿Cómo la obtengo desde el extranjero?
- Debes ingresar a https://codigo.srcei.cl/ teniendo tu cédula en mano.
- Llenarás el formulario con datos pedidos, y se generará un calendario virtual en el cual podrás agendar hora para que un funcionario del Registro Civil se comunique contigo y te remita el código de activación de Clave Única.
¿Y si regulamos compensación económica, también se puede firmar con Clave Única?
No. En este caso sólo queda la opción de firmar un mandato, por ambos, ante Consulado Chileno más cercano en el lugar que se encuentren residiendo. Esta situación sólo aplica para divorcio de común acuerdo; ya que en caso de divorcio unilateral, no será necesario regularizar compensación económica a través de Consulado, pudiendo hacerse ante el tribunal, como pudiendo no hacerse, dependiendo lógicamente, de cada situación específica.
Perfecto, quiero tramitar mi divorcio, ¿cómo lo hago?
Puedes revisar estos enlaces de nuestro estudio respecto a divorcio de común acuerdo y divorcio unilateral. Puedes también contactar a uno de nuestros profesionales en Whatsapp.
