Si tu hijo o hija nació, pero no fue reconocido por su padre, o éste se niega a hacerlo, puedes ejercer acciones en su contra, para obtener el reconocimiento judicial de la paternidad respecto a tu hijo. Luego de ello, podrás solicitar alimentos y otros derechos.
¿Qué es una demanda de reconocimiento de paternidad?
Es el trámite que busca que exista un reconocimiento judicial en contra de quien crees es el padre de tu hijo o hija, para posteriormente ejercer todos los derechos que la ley te otorga tanto a ti como a tu hijo o hija.
¿Qué necesito para demandar reconocimiento de paternidad?
- Nombre completo del supuesto padre o RUN.
- Certificado de nacimiento de tu hijo o hija.
¿Cómo es el juicio de reconocimiento de paternidad?
Es bastante sencillo: se demanda a quien crees es el padre de tu hijo o hija para que se practique un examen en dependencias del Servicio Médico Legal para determinar si es o no el padre, en base a eso, el tribunal dictará una sentencia de reconocimiento o decretará que la persona demandada no es el padre.
¿Y si el padre no va a realizarse el examen?
Si legalmente notificado, no concurre a las citaciones (son dos) del Servicio Médico Legal, se reconocerá automáticamente su paternidad.
¿Y si no tengo la dirección del padre?
Con que tengas su nombre completo y R.U.N. basta; nuestros profesionales pueden solicitar ante el mismo tribunal oficios a A.F.P., Registro Civil, Servicio de Impuestos Internos, entre otras instituciones a fin que informen el domicilio de él.
¿Me darán pensión de alimentos automáticamente y retroactiva?
No; debes iniciar una vez reconocida su calidad de padre la demanda por alimentos. Se contará su obligación de aportar para tal sólo desde que se le reconozca como padre, no antes.
¿Debo incurrir en gastos adicionales?
No.
¿Cuánto tarda un juicio de reconocimiento de paternidad?
Entre 4-6 meses.
