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Preguntas y respuestas divorcio común acuerdo

Divorcio de común acuerdo

Si  te casaste antes del 17 de noviembre de 2004…

  • Cuentas de servicios básicos (luz, agua, internet, telefonía) que lleguen a tu nombre y tu domicilio, con una anterioridad superior a un año. Por ejemplo, si estamos a noviembre de 2019, se te pedirán cuentas de noviembre de 2018 y antes.
 
  • Dos testigos que declaren a su favor (uno por cada parte), que acreditarán que ustedes están separados hace más de un año y no han reanudado su vida en común. Deben ir a la audiencia.
 
  • Cualquier otro documento que acredite que vives hace más de un año separado de tu expareja. Por ejemplo: contrato de arriendo, pago de gastos comunes, etc.
 
  • Acuerdo completo y suficiente. Es un documento que regula sus relaciones después del divorcio. Principalmente se enfoca a: Sus deberes con hijos en común como alimentos y visitas. Si estos ya están regulados judicialmente y se cumplen, tan sólo se debe mencionar los mismos. Si está regulado por palabra se debe plasmar en este acuerdo. Si no está regulado, se debe hacer antes de presentar la demanda.
 
  • Compensación económica. Si alguna de las partes del matrimonio se dedicó al cuidado exclusivo de los hijos durante y su vigencia por tal, dejó de trabajar, procederá el derecho de compensación. Es aquél que tiene que pagar el cónyuge que siguió trabajando al que dejó de trabajar para cuidar a los hijos en común. Se calculo por el sueldo que percibía antes de casarse (si nada percibía por el mínimo), por cada mes en que se dedicó al cuidado de sus hijos. Ojo: es un derecho renunciable y siempre se puede pagar con tus fondos de AFP así como ser bastante menor lo que otorga el tribunal de lo que se pretende. Por ejemplo si el cálculo arroja 15 millones, es probable que den 3-6 millones. Siempre se puede acordar entre los cónyuges.
 
  • Si tuvieron bienes en común y están casados bajo sociedad conyugal, es necesario liquidar la misma. Para eso, solicita a alguno de nuestros profesionales el documento pertinente de dudas frecuentes con respecto a esta materia. Si están casados con separación de bienes, nada hay que hacer.
 
  • Clave única otorgada por el Registro Civil y Oficinas Chile Atiende del solicitante.

Si  te casaste después del 17 de noviembre de 2004…

  • Cese de convivencia obtenido en el Registro Civil superior a un año desde que se presenta la demanda. Pueden darse dos situaciones:
 
  • Que tú sola/o hiciste este trámite. Si ese es el caso, debe haberse notificado dicho cese judicialmente.
 
  • Que ambos hayan hecho este trámite presencialmente. Si ese es el caso, no es necesaria la notificación.
 
  • Certificado de mediación aprobada o demanda por relación directa y regular con sus hijos o deberes de alimentos.
 
  • Cuentas de servicios básicos (luz, agua, internet, telefonía) que lleguen a tu nombre y tu domicilio, con una anterioridad superior a un año. Por ejemplo, si estamos a noviembre de 2019, se te pedirán cuentas de noviembre de 2018 y antes.
 
  • Dos testigos que declaren a su favor (uno por cada parte), que acreditarán que ustedes están separados hace más de un año y no han reanudado su vida en común. Deben ir a la audiencia.
 
  • Cualquier otro documento que acredite que vives hace más de un año separado de tu expareja. Por ejemplo: contrato de arriendo, pago de gastos comunes, etc.
 
  • Acuerdo completo y suficiente. Es un documento que regula sus relaciones después del divorcio. Principalmente se enfoca a: Sus deberes con hijos en común como alimentos y visitas. Si estos ya están regulados judicialmente y se cumplen, tan sólo se debe mencionar los mismos. Si está regulado por palabra se debe plasmar en este acuerdo. Si no está regulado, se debe hacer antes de presentar la demanda.
 
  • Compensación económica. Si alguna de las partes del matrimonio se dedicó al cuidado exclusivo de los hijos durante y su vigencia por tal, dejó de trabajar, procederá el derecho de compensación. Es aquél que tiene que pagar el cónyuge que siguió trabajando al que dejó de trabajar para cuidar a los hijos en común. Se calculo por el sueldo que percibía antes de casarse (si nada percibía por el mínimo), por cada mes en que se dedicó al cuidado de sus hijos. Ojo: es un derecho renunciable y siempre se puede pagar con tus fondos de AFP así como ser bastante menor lo que otorga el tribunal de lo que se pretende. Por ejemplo si el cálculo arroja 15 millones, es probable que den 3-6 millones. Siempre se puede acordar entre los cónyuges.
 
  • Si tuvieron bienes en común y están casados bajo sociedad conyugal, es necesario liquidar la misma. Para eso, solicita a alguno de nuestros profesionales el documento pertinente de dudas frecuentes con respecto a esta materia. Si están casados con separación de bienes, nada hay que hacer.
 
  • Clave única otorgada por el Registro Civil y Oficinas Chile Atiende del solicitante.

¿Cuánto tarda?

Entre 2-3 meses.

¿Necesito ir al tribunal, me tomará mucho tiempo?

Debes ir a la única audiencia que el tribunal fije y que se te avisarán con anterioridad. Puedes excusarte de concurrir si firmas a nuestros profesionales un mandato especial.

¿En qué gastos debo incurrir?

Nuestros honorarios y inscripción del divorcio en Registro Civil (aproximadamente $4.000).

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