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Derecho Civil

Cómo efectuar la solicitud de posesión efectiva en Chile

Falleció algún familiar directo tuyo, no hizo testamento y tiene bienes.En esos casos, la ley explica que corresponde hacer la posesión efectiva, un trámite en que todos los herederos toman posesión del patrimonio del causante. Te asesoramos no sólo en la realización de este trámite, sino también en consecuentes ventas. Rápido y económico.

A fin de regularizar la situación del patrimonio de una persona fallecida, se realiza la solicitud de posesión efectiva. Es un trámite necesario, excluyente, para obtener la administración de los bienes que se heredan. Acá te explicamos paso a paso cómo realizarlo.

¿Qué es una posesión efectiva?

La posesión efectiva de la herencia, es una resolución de los tribunales o del Registro Civil que declara herederos (de bienes, derechos y obligaciones) a quienes acreditan el vínculo de parentesco o de matrimonio con la persona fallecida.

¿Qué requisitos, documentos necesito para solicitar posesión efectiva?

  1. Nombre, RUT y dirección de todos los herederos. ¿Cómo saber quiénes son herederos? Puede preguntar a alguno de nuestros profesionales, o consultar el siguiente enlace.
  2. Datos de todos los bienes que se agregarán a la posesión efectiva: Si hay inmuebles, requerimos la dirección del inmueble, comuna, y año de adquisición. Si hay automóviles, mencionar patente, año. Si hay fondos en bancos, mencionar en qué banco, y en qué tipo de cuenta se encuentran.
  3. Mandato para actuar en la causa. Se le enviará al correo y deberá suscribirlo en la Notaría más cercana.
  4. Informar si han existido cesiones de derechos por parte de los herederos, o si cederán.

¿Cómo es el proceso de solicitar posesión efectiva?

  1. Con todos los datos otorgados, se llena el formulario por nuestro equipo, el mismo se presenta a unidad de Registro Civil más cercana. Ojo que en este punto ya será necesario el mandato que se menciona en punto anterior.
  2. Al cabo de aprox. 3 meses (tiempo variable), el Registro Civil emite el certificado de posesión efectiva.
  3. Con el certificado, concurrimos al Servicio de Impuestos Internos a efectuar la constatación de exención de herencia -o pago si corresponde-, para luego ir a la Tesorería General de la República.
  4. Finalmente, se va a inscribir la posesión efectiva al Conservador de Bienes Raíces; cuesta un aproximado de $10.000-$100.000 (dependiendo el avalúo del inmueble, y la cantidad de bienes que figuran en la posesión efectiva).
  5. Al cabo de aproximadamente 1 mes el Conservador Inscribir la posesión efectiva teniendo la comunidad hereditaria la posibilidad de vender inmueble y efectuar trámites afines.

¿Y si quiero vender derechos de la posesión efectiva?

Se puede realizar. Debes consultar tal con uno de nuestros profesionales, es un servicio adicional.

¿Y si quiero vender el inmueble objeto de la posesión efectiva?

Se puede realizar, pero primero debe terminarse el trámite de posesión efectiva. Deben firmar todos los herederos, sin excepción.

¿Puedo solicitar una posesión efectiva sin necesidad de abogado?

Sí, es posible. No tienes que señalar nada adicional en oficinas de Registro Civil. Nuestro servicio ofrece básicamente, que te ahorres todos los trámites, y realicemos de la forma más expedita y correcta todo el proceso.

¿Todos los herederos tienen que firmar la solicitud de posesión efectiva?

No, basta con uno solo.

¿Cuánto demora un trámite de posesión efectiva?

Entre 3-6 meses.

¿Se deben pagar impuestos en la posesión efectiva?

  1. Si el avalúo fiscal no excede $9.398.340, se está exento de pago de impuestos.
  2. Si el avalúo fiscal total de los bienes es entre $ 9.398.341 y $ 28.195.020, se debe pagar un valor de $83.541.
  3. Si el avalúo fiscal es superior a $ 28.195.021, se debe pagar un valor de $130.533.

¿En qué gastos debo incurrir para solicitar una posesión efectiva?

  1. Mandato a equipo de abogados. Aprox. $6.000
  2. Pago solicitud de ingreso posesión efectiva. Entre $60.000-$100.000, dependiendo avalúo fiscal propiedades a inscribir.
  3. Pago impuestos -ver párrafo anterior-.
  4. Inscripción en Conservador de Bienes Raíces. Entre $40.000-$150.000, dependiendo avalúo fiscal propiedades a inscribir.

 

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