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	<title>separación de bienes archivos - JuicioSimple</title>
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	<description>Asesoría jurídica especializada a tu alcance</description>
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		<title>De participación en los gananciales a separación de bienes</title>
		<link>https://www.juiciosimple.com/familia/de-participacion-en-los-gananciales-a-separacion-de-bienes/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Equipo JuicioSimple]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Jan 2023 18:36:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho de Familia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Mediante esta escritura, podrás cambiar tu régimen matrimonial actual, por el de separación de bienes, y así también liquidar el de participación en los gananciales. </p>
<p>La entrada <a href="https://www.juiciosimple.com/familia/de-participacion-en-los-gananciales-a-separacion-de-bienes/">De participación en los gananciales a separación de bienes</a> se publicó primero en <a href="https://www.juiciosimple.com">JuicioSimple</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h2><strong>¿Qué es un cambio de régimen de Participación en los gananciales A Separación De Bienes?</strong></h2>
<p>Es aquél proceso que tiene por finalidad modificar el régimen matrimonial que se pactó al momento de contraer matrimonio. Mediante una sencilla escritura pública, firmada en Notaría e inscrita en Conservador de Bienes Raíces y Registro Civil, podrán cambiarse a este régimen. Lo tuyo es lo tuyo y lo mío es lo mío. Así de simple, sin confusiones a futuro.</p>
<h2><strong>¿Cómo se realiza el trámite de </strong><strong>cambio de régimen de Participación en los gananciales A Separación De Bienes</strong><strong>?</strong></h2>
<p>Se debe firmar una escritura pública ante notario y luego se inscribe en el Conservador de Bienes Raíces y Registro Civil.</p>
<h2><strong>¿Y si se adquirieron bienes durante el matrimonio? </strong></h2>
<p>Se deben valorizar de común acuerdo, para posteriormente ver si existen créditos de los gananciales a favor de algún cónyuge. Por ejemplo: ella adquirió una propiedad en Maipú, y él sólo un vehículo, por ende, él cónyuge tendrá un crédito a favor de la mujer. Este crédito se puede plasmar en dinero o derechos. En resumidas: acá uds determinan el destino de los bienes que pudieran haber, y regulaciones mutuas. Se conoce por &#8220;liquidación del régimen de participación en los gananciales&#8221;.</p>
<h2><strong>¿Qué documentos y datos necesitas para un </strong><strong>cambio de régimen de Participación en los gananciales A Separación De Bienes</strong><strong>?</strong></h2>
<ol>
<li>Nombre, RUT y dirección de los cónyuges.</li>
<li>Certificado de matrimonio.</li>
<li>Informar si se adquirieron bienes inmuebles durante el matrimonio.</li>
<li>Informar si se adquirieron vehículos durante el matrimonio.</li>
<li>Informar si se adquirió cualquier derecho sobre alguna sociedad o similares.</li>
<li>Informar deudas de cada cónyuge.</li>
<li>Informar cómo se dividirán bienes en caso que dicha sea la intención de las partes.</li>
</ol>
<h2><strong>¿Cómo es el procedimiento de cambio de régimen matrimonial de Participación en los gananciales A Separación De Bienes?</strong></h2>
<ol>
<li>Nuestro equipo redacta la liquidación de participación en los gananciales, en un plazo de 2-5 días hábiles.</li>
<li>Una vez lista, se deriva a Notaría de su elección, o aquella de nuestra confianza ubicada en Santiago Centro. Se debe pagar el gasto en Notaría.</li>
<li>Ambos deben ir a firmar el documento. Previamente a ello, se remite a algún correo a elección.</li>
<li>Luego de firmada, y de la protocolización en Notaría (aprox. 4 días hábiles), se inscribe en Registro Civil y Conservador de Bienes Raíces en caso que corresponda (valor puede oscilar entre $15.000-$80.000, dependiendo tal circunstancia del avalúo fiscal de los inmuebles).</li>
</ol>
<h2><strong>¿En qué gastos debo incurrir?</strong></h2>
<ol>
<li>Gastos notariales: aprox. $30.000-$50.000.</li>
<li>Inscripción en Conservador:  por cada propiedad, dependiendo del avalúo fiscal, entre $40.000-$150.000.</li>
</ol>
<h2><strong>¿Cuánto tarda </strong><strong>un </strong><strong>cambio de régimen de Participación en los gananciales A Separación De Bienes</strong><strong>?</strong></h2>
<p>Entre 3 semanas a 2 meses.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.juiciosimple.com/familia/de-participacion-en-los-gananciales-a-separacion-de-bienes/">De participación en los gananciales a separación de bienes</a> se publicó primero en <a href="https://www.juiciosimple.com">JuicioSimple</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Cambio En El Régimen Matrimonial (De Sociedad Conyugal A Separación De Bienes)</title>
		<link>https://www.juiciosimple.com/familia/cambio-en-el-regimen-matrimonial-de-sociedad-conyugal-a-separacion-de-bienes/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Equipo JuicioSimple]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 31 Mar 2020 03:43:40 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho de Familia]]></category>
		<category><![CDATA[Dudas y respuestas]]></category>
		<category><![CDATA[Escrituras]]></category>
		<category><![CDATA[150 código civil]]></category>
		<category><![CDATA[artículo 150]]></category>
		<category><![CDATA[cómo puedo comprar casa fuera de la sociedad conyugal]]></category>
		<category><![CDATA[familia]]></category>
		<category><![CDATA[general]]></category>
		<category><![CDATA[ley 150]]></category>
		<category><![CDATA[modificación relación directa y regular]]></category>
		<category><![CDATA[separación de bienes]]></category>
		<category><![CDATA[separación de bienes escritura]]></category>
		<category><![CDATA[separación de bienes notaría]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Quieres comprar una casa pero como si estuvieras separada de bienes? ¿Decidieron que cada uno administrará sus propios bienes? Con un simple papel notarial puedes realizar este trámite en cosa de días y evitar confusión de patrimononios y otros problemas. </p>
<p>La entrada <a href="https://www.juiciosimple.com/familia/cambio-en-el-regimen-matrimonial-de-sociedad-conyugal-a-separacion-de-bienes/">Cambio En El Régimen Matrimonial (De Sociedad Conyugal A Separación De Bienes)</a> se publicó primero en <a href="https://www.juiciosimple.com">JuicioSimple</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Muchas veces ocurre que, los cónyuges luego del matrimonio, deciden cambiar el régimen original con el que se casaron. Y es que el mismo -sociedad conyugal- genera muchos problemas en los bienes que se adquieren, e inclusive, derechos que se adquieren, como herencias. Por lo que una salida muy recurrente suele ser el cambio de régimen matrimonial, un trámite que por lo demás, es sumamente sencillo. Acá te explicamos todo lo que debes saber.</p>
<h2><strong>¿Qué es un cambio de régimen patrimonial del matrimonio?</strong></h2>
<p>Es aquél proceso que tiene por finalidad modificar el régimen matrimonial que se pactó al momento de contraer matrimonio. De esta forma, se pasa de bienes en común, a separación total de bienes. Igualmente, se puede pasar de participación en los gananciales, a separación de bienes y viceversa.</p>
<h2><strong>¿Cuáles son las formas de cambiar régimen patrimonial del matrimonio?</strong></h2>
<ol>
<li>De sociedad conyugal a separación de bienes.</li>
<li>De participación en los gananciales a separación de bienes.</li>
<li>De separación de bienes a participación en los gananciales.</li>
</ol>
<h2><strong>¿Cómo se realiza el trámite de cambio de régimen patrimonial del matrimonio?</strong></h2>
<ol>
<li>Se debe firmar una escritura pública ante notario. Nuestro equipo en tenerla a su disposición tarda máximo dos días hábiles.</li>
<li>Notaría tarda aprox. 3 días hábiles en autorizar la firma una vez vayan a firmar ambos.</li>
<li>Con documento listo, inscribimos en el Registro Civil; en esta última institución, hasta que aparezca el hecho de la separación, tardan aproximadamente 4 semanas.</li>
</ol>
<h2><strong>¿Qué documentos e información necesito para cambiar el régimen del matrimonio?</strong></h2>
<ol>
<li>Nombre, RUT y dirección de los cónyuges.</li>
<li>Certificado de matrimonio.</li>
<li>Informar si se adquirieron bienes inmuebles durante el matrimonio.</li>
</ol>
<h2><strong>¿Se puede liquidar la sociedad conyugal en un cambio de régimen del matrimonio?</strong></h2>
<p>Sí, se puede liquidar. Se agrega a la misma escritura. Para tal, se deben señalar todos los bienes que tengan como vehículos e inmuebles, y la distribución que harán de los mismos. Básicamente mediante este trámite, distribuyen los bienes que pudieran haber en común.</p>
<h2>¿<strong>Se pueden renunciar a los gananciales en un cambio de régimen patrimonial?</strong></h2>
<p>Sí, lógicamente, sólo la mujer puede hacerlo. De forma tal, en esta misma escritura, puede adquirir su patrimonio reservado. Para más información, puedes visitar <a href="https://www.juiciosimple.com/faq/preguntas-y-respuestas-sobre-renuncia-de-gananciales/"><strong>este enlace</strong></a> de nuestro sitio.</p>
<h2><strong>¿Se pueden regular y ordenar deudas en un cambio de régimen?</strong></h2>
<p>Sí, se puede hacer. Inclusive, establecer montos de pagos, fechas, etc.</p>
<h2><strong>Desventajas de la sociedad conyugal</strong></h2>
<h3><strong>Si yo soy mujer, ¿puedo vender algo de la sociedad conyugal?</strong></h3>
<p>Sí, pero requieres un mandato de tu marido para actuar en su nombre o el propio tuyo. De lo contrario, se negarán tus trámites en Notaría o Conservador de Bienes Raíces.</p>
<h3><strong>Si yo soy hombre, ¿puedo vender algo de la sociedad conyugal?</strong></h3>
<p>Sí, pero requieres autorización de tu cónyuge, mediante escritura pública</p>
<h3><strong>¿En qué más necesito autorización?</strong></h3>
<ol>
<li>Promesa de compraventa inmueble de tu propiedad.</li>
<li>Vender derechos hereditarios de la mujer.</li>
<li>Constituirse como aval, codeudor o fiador.</li>
</ol>
<h3>Pero estamos separados de hecho, ¿igualmente necesito autorizaciones?</h3>
<p>Sí. Por más que estés separada o separado de hecho, y adquieres un nuevo bien inmueble o derechos, necesitarás la firma de tu cónyuge. El que estén separados de hecho, legalmente, no modifica su situación de casados.</p>
<h3><strong>¿Y todo lo que se ha comprado, qué pasa con los bienes?</strong></h3>
<p>En la sociedad conyugal impera la regla de que todo lo que se adquiera a título oneroso, ingresa a la misma. Por lo que si compraste un inmueble, estando casado o casada, ingresa al patrimonio de la sociedad conyugal y tendrá que ser dividido -salvo casos específicos.</p>
<h3><strong>Suena complicado, ¿no?</strong></h3>
<p>Muchos de nuestros clientes llegan angustiados y repletos de dudas al respecto. Muchas veces comprar inmuebles con su esfuerzo, y sin quererlo, al momento del divorcio terminarán dándole la mitad a su expareja, lo cual no sólo es algo perjudicial a su patrimonio, sino que a su propia honra. Para evitar ello, y realizar trámites innecesario, te aconsejamos cambiar el régimen patrimonial.</p>
<p><strong>¿Y si teníamos bienes antes del cambio de régimen?</strong></p>
<p>Deben liquidarse, se puede hacer en la misma escritura de cambio de régimen. Ahí, se valoriza los bienes que tenían, por ejemplo: “la casa de Maipú la valorizamos en 50 millones, y el auto en 5”, al momento de la venta cada uno tendrá derecho al 50%.</p>
<h2><strong>¿En qué gastos debo incurrir?</strong></h2>
<ol>
<li>Registro Civil: $5.000 aprox.</li>
<li>Notaría: $40.000-$80.000 aprox.</li>
<li>Conservador de Bienes Raíces (sólo en caso que liquiden sociedad conyugal): $30.000-$100.00.</li>
</ol>
<h2><strong>¿Cuánto tarda un cambio de régimen del matrimonio?</strong></h2>
<p>Entre 2 semanas a 1 mes y medio.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.juiciosimple.com/familia/cambio-en-el-regimen-matrimonial-de-sociedad-conyugal-a-separacion-de-bienes/">Cambio En El Régimen Matrimonial (De Sociedad Conyugal A Separación De Bienes)</a> se publicó primero en <a href="https://www.juiciosimple.com">JuicioSimple</a>.</p>
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