prescripción de deudas alimentarias archivos - JuicioSimple https://www.juiciosimple.com/tag/prescripcion-de-deudas-alimentarias/ Asesoría jurídica especializada a tu alcance Tue, 02 May 2023 23:52:29 +0000 es-CL hourly 1 https://www.juiciosimple.com/wp-content/uploads/2020/03/cropped-jsss3-32x32.png prescripción de deudas alimentarias archivos - JuicioSimple https://www.juiciosimple.com/tag/prescripcion-de-deudas-alimentarias/ 32 32 ¿Prescriben las deudas por alimentos? https://www.juiciosimple.com/familia/prescriben-deudas-por-alimentos/ Fri, 31 Mar 2023 00:07:42 +0000 https://www.juiciosimple.com/?p=2709 Una vez tu hijo o hija cumpla 18 años, y siempre y cuando hayan pasado como mínimo tres años desde la última liquidación, podrás tramitar esta gestión. Se presenta como una objeción e incidente al tribunal sobre tu total de deuda. Entre 1 a 2 meses, tendrás resolución.

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Una constante consulta es si la deuda por alimentos de hijos o hijas, prescribe. Y efectivamente es así, pero se deben seguir ciertas reglas. Por ejemplo que se trate de un hijo o hija mayor a 18 años, y que desde la última liquidación hayan transcurrido como mínimo, 3 años.

¿Prescriben las deudas por pensión alimenticia?

Sí, las deudas por pensión alimenticia prescriben. Tal como la Ley 21.389 indica: “El plazo de prescripción para las acciones ejecutivas de cobro por deudas de pensión alimenticia será de tres años y se convertirá en ordinaria por dos años más, y se comenzará a computar desde el momento en que el alimentario o alimentaria cumpla 18 años“.

¿Cuáles son los requisitos para demandar la prescripción de deudas por alimentos?

  1. Existencia de deuda en una causa judicializada ya sea por mediación, sentencia o transacción.
  2. Que el hijo o hija, tenga más de 18 años. Hacerlo con menores de 18 no es posible.
  3. Que, desde la última liquidación de deuda, hayan transcurrido entre 3-7 años, sin movimiento alguno en la causa. Si han transcurridos más años, también es posible.

¿Cómo es el proceso para demandar la prescripción de deudas por alimentos?

  1. Se presenta una solicitud de liquidación en causa donde figura deuda.
  2. Una vez notificada e informada liquidación, se objeta, pidiendo que del total, se resten los montos prescritos.
  3. El tribunal le dará un plazo de tres días a la otra parte para que formule descargos u alegaciones, terminado ese plazo, se resuelve la solicitud.

¿Me irá bien?

La ley es clara; si se acredita que su hijo o hija es mayor de 18 años, y desde la última liquidación han pasado más de 3 años, sin movimiento alguno, el tribunal acogerá la solicitud. En última instancia, nuestros servicios también incluyen apelación.

¿Cuánto es lo que puedo prescribir?

Depende de cada causa si hablamos en términos de dinero, pero siempre se contará en los años transcurridos desde los 18 en adelante.

¿Cuánto tarda el proceso de solicitud de prescripción de deudas por alimentos?

Entre 1-3 meses.

¿En qué gastos debo incurrir?

Salvo honorarios, ninguno.

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