<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>nuevo registro deudores alimentos archivos - JuicioSimple</title>
	<atom:link href="https://www.juiciosimple.com/tag/nuevo-registro-deudores-alimentos/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://www.juiciosimple.com/tag/nuevo-registro-deudores-alimentos/</link>
	<description>Asesoría jurídica especializada a tu alcance</description>
	<lastBuildDate>Sun, 12 Mar 2023 05:23:51 +0000</lastBuildDate>
	<language>es-CL</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	

<image>
	<url>https://www.juiciosimple.com/wp-content/uploads/2020/03/cropped-jsss3-32x32.png</url>
	<title>nuevo registro deudores alimentos archivos - JuicioSimple</title>
	<link>https://www.juiciosimple.com/tag/nuevo-registro-deudores-alimentos/</link>
	<width>32</width>
	<height>32</height>
</image> 
	<item>
		<title>Todo lo que debes saber de la nueva ley que crea el Registro de Deudores de Pensión Alimenticia</title>
		<link>https://www.juiciosimple.com/familia/nueva-ley-registro-deudores/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Equipo JuicioSimple]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Oct 2021 00:59:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho de Familia]]></category>
		<category><![CDATA[Dudas y respuestas]]></category>
		<category><![CDATA[abogados familia]]></category>
		<category><![CDATA[familia]]></category>
		<category><![CDATA[general]]></category>
		<category><![CDATA[nueva ley deudores pensión alimentos]]></category>
		<category><![CDATA[nuevo registro deudores alimentos]]></category>
		<category><![CDATA[registro de deudores pensión alimentos]]></category>
		<category><![CDATA[registro deudores]]></category>
		<category><![CDATA[registro deudores de pensión alimenticia abogados]]></category>
		<category><![CDATA[registro deudores pensión alimenticia]]></category>
		<category><![CDATA[registro nacional de deudores de pensiones alimenticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.juiciosimple.com/?p=1469</guid>

					<description><![CDATA[<p>La recién aprobada ley trae importantes novedades para los deudores de pensión alimenticia: no podrán optar a pasaporte o licencia de conducir si hay deuda, además, si compran un inmueble o vehículo, se les puede embargar parte de la deuda. Conoce aquí todas.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.juiciosimple.com/familia/nueva-ley-registro-deudores/">Todo lo que debes saber de la nueva ley que crea el Registro de Deudores de Pensión Alimenticia</a> se publicó primero en <a href="https://www.juiciosimple.com">JuicioSimple</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h3><strong>¿Qué novedades trae esta ley?</strong></h3>
<p>Modifica la Ley 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, para crear el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Este instrumento crea los siguientes ejes principales:</p>
<p>a) <strong>Un registro nacional de deudores de pensión alimenticia</strong>, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, que estará de forma online y podrá ser consultado por cualquier persona con interés en. Algo similar al registro de antecedentes penales.</p>
<p>Se consultará este registro, cada vez que se entreguen beneficios económicos del Estado (por ejemplo, bonos). También, cada vez que se solicite renovación de pasaporte y licencia de conducir. De forma tal, si se registra deuda, se puede rechazar la solicitud del deudor.</p>
<p>Además, los órganos de la Administración del Estado, Poder Judicial y Congreso Nacional que quieran realizar contrataciones, promociones o ascensos de su personal, deberán consultar previamente dicho Registro, y en caso de la persona en cuestión sea deudora, para acceder al cargo retendrá un porcentaje de su sueldo para pagar la deuda de alimentos, hasta extinguirla completamente.</p>
<p>b) <strong>Se podrán efectuar retenciones de dinero en operaciones de crédito, ejecución y devolución de impuestos</strong>. En palabras simples:</p>
<p>-Al solicitar un crédito bancario por una suma igual o superior a 50 UF, la entidad financiera retendrá parte de los fondos para pagar la deuda.</p>
<p>-Si el deudor vende su inmueble o su vehículo, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, podrán inscribir el traspaso, solo en la medida que se les acredite que con las ganancias se pagarán los alimentos.</p>
<p>-Se retendrán las remuneraciones de los gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil, cuando tengan deudas alimenticias.</p>
<p>-En el caso de los trabajadores con contrato a honorarios y/o personas que reciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, sufrirán retenciones de sus pagos para saldar las deudas de pensión alimenticia.</p>
<p>-Si una persona es despedida de su puesto de trabajo, y a la vez es deudora, pagará la pensión alimenticia a través de la indemnización por años de servicio.</p>
<p>c) <strong>El no pago de pensión alimenticia, se considerará violencia intrafamiliar</strong>. Esto tiene que ser demandado; con esto, se pueden obtener órdenes de alejamiento, sentencias condenatorias; y se restringirán de forma considerable las visitas en caso que se demande una modificación de relación directa y regular, o una demanda de relación directa y regular por parte del deudor (aparecerán en antecedentes penales).</p>
<p><strong>¿Cuándo se considera que hay deuda?</strong></p>
<p>Cuando se adeuden, total o parcialmente, al menos tres mensualidades consecutivas de alimentos provisorios o definitivos, o cinco discontinuas.</p>
<p><em><strong>Si tienes alguna consulta, somos abogados especializados en el área. Trabajamos con esta nueva ley.</strong></em></p>
<p>La entrada <a href="https://www.juiciosimple.com/familia/nueva-ley-registro-deudores/">Todo lo que debes saber de la nueva ley que crea el Registro de Deudores de Pensión Alimenticia</a> se publicó primero en <a href="https://www.juiciosimple.com">JuicioSimple</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
	</channel>
</rss>
