¿Qué es?
Es aquél proceso que tiene por finalidad modificar el régimen matrimonial que se pactó al momento de contraer matrimonio.
Mediante una sencilla escritura pública, firmada en Notaría e inscrita en Conservador de Bienes Raíces y Registro Civil, podrán cambiarse a este régimen. Lo tuyo es lo tuyo y lo mío es lo mío. Así de simple, sin confusiones a futuro.
¿Y si teníamos bienes antes del cambio de régimen?
Deben liquidarse, se puede hacer en la misma escritura de cambio de régimen. Ahí, se determina a quién corresponde cada bien, o si se efectúa traspasos en porcentaje (por ejemplo, la casa de Maipú será en un 70% mía, y 30% tuya).
¿Cuánto tarda?
Entre 2 semanas a 1 mes y medio.
¿Cómo es el proceso?
- Se envía escritura en 1 día hábil a Whatsapp o correo electrónico, posteriormente se coordina firma con Notaría de su comodidad o con la que nuestro equipo trabaja (Notaría 42° Álvaro González Salinas).
- Se inscribe lo pertinente en Registro Civil o Conservador si correspondiera.
- En unas 3 semanas luego de inscrito en Registro Civil, aparecerá el hecho del cambio de régimen.
¿En qué gastos debo incurrir?
Nuestros honorarios, gastos notariales y de Conservador de Bienes Raíces y Registro Civil. Estos últimos dos, en total, no superan los 40 mil pesos.