La Ley 19.947 recoge una realidad diaria: el divorcio entre dos cónyuges. La forma más expedita de separarse, es precisamente mediante un divorcio común acuerdo; se tramita en aproximadamente un mes, no requiere muchos costos en honorarios, y regula sus relaciones mutuas -bienes, hijos/hijas, compensaciones en caso que lo determinen-.
¿Qué es un divorcio de común acuerdo?
Mediante este procedimiento, obtendrás el divorcio de tu actual cónyuge. Se debe acreditar que llevan más de un año separados, y regular sus relaciones mutuas -hijos en caso que hayan principalmente-. Ambos firman, y en unas semanas legalmente estarán divorciados.
¿Qué información necesito para tramitar mi divorcio común acuerdo?
- Nombre completo, RUN, oficio u profesión, dirección actual de ambas partes.
- Certificado de residencia o cualquier documento que acredite actual domicilio (puede ser boletas de servicios básicos o de compras, siempre y cuando estén a su nombre y no tengan una antigüedad mayor a 3 meses).
- Saber si hay bienes en común, tales como inmuebles o vehículos. Y en caso de la afirmativa, indicar si desean regular los destinos de tales bienes -dejárselo a uno de los 2, establecer usufructos para hijos, etc-.
- Fecha de separación.
- Correo electrónico de ambos solicitantes.
- Indicar nombre completo, RUN, oficio u profesión, dirección actual y vínculo con alguno de los solicitantes, hace cuánto le conocen, de dos testigos. El único requisito es que sean mayores de 18 años. Son dos testigos en total. Sólo firmarán mediante Clave Única de una declaración jurada que nuestro equipo redacta.
- RUN de sus hijos (si es que hubieren).
Sólo en caso de haber hijos, mencionar acuerdo que se tiene respecto a visitas y pensión; ya sea si se reguló judicialmente (mediación) -y en tal caso, acompañar el acta-, o se mantiene de forma extrajudicial (de palabra). Si no se reguló de forma judicial -demanda, o mediación-, deberán regularlo, y deben tener presente las siguientes nociones obligatorias (exigidas por ley):
a) No puede ser menos del mínimo -$120.000 aprox.- si es un hijo o hija.
b) Si hay más de dos hijos o hijas, $180.000 aprox.
c) Si hay más de tres hijos o hijas, $280.000 aprox.
d) Indicar cómo se pagarán los gastos extraordinarios del hijo o hijos y en qué proporción. Se recomienda sea 50/50.
e) En el caso de haber hijos, y ser estos menores de 18 años, saber quién ejercerá el cuidado personal: padre o madre, o si será compartido.
¿Cómo es el procedimiento de divorcio común acuerdo?
- Se presenta la demanda. Nuestro equipo la redacta en un lapsus de 1-2 días.
- El tribunal en aprox. 4-5 días dicta la primera resolución en que cita a audiencia, o solicita documentos para resolver sin necesidad de audiencia (la fecha es aprox. en 1 mes y medio desde que se presenta la demanda).
- A esa audiencia pueden asistir ambos o no. Idealmente que asistan, pero si prefieren no hacerlo podemos representarlos. En la misma audiencia les preguntarán si están dispuestos a reanudar su vínculo matrimonial o no. Si el divorcio es sin necesidad de audiencia, se deberán acompañaren no más de dos semanas documentos señalados en punto 11 de párrafos previos.
- En la misma audiencia, en caso que así el tribunal lo determine, se acoge su solicitud de divorcio y legalmente quedan divorciados. Si el divorcio es sin necesidad de audiencia, a la semana de acompañados todos los documentos pedidos se dicta sentencia y se acoge divorcio.
- Tras ello se inscribe el divorcio en el Registro Civil, se debe pagar un valor por gastos administrativos de $3.290. Lo hacemos nosotros igualmente.
¿Cuánto tarda un divorcio de mutuo acuerdo?
Entre 1-3 meses. El tiempo depende exclusivamente del tribunal y cuando -acorde a su agenda- fije audiencia o resuelva de plano.
¿Puedo regular el destino de los bienes en común con mi cónyuge?
Sí. Se realiza mediante una escritura pública firmada en Notaría. Deben estar ambos de acuerdo en todos los puntos.
¿Puedo regular las relaciones comunes con mi hijo o hija?
Sí, de hecho, es un requisito legal establecer todas las regulaciones necesarias de ambos cónyuges; entre ellas, hijos, y relaciones en común.
¿Necesito un cese de convivencia para divorciarme?
No. Si bien, el cese de convivencia sirve para acreditar su separación, no es el único medio que la ley contempla, de hecho, hay libertad probatoria al respecto. Por lo que con testigos y documentos que den fe del domicilio de ambos, basta.
¿Necesito ir al tribunal, me tomará mucho tiempo?
Debes ir a la única audiencia que el tribunal fije y que se te avisarán con anterioridad, sólo en caso que no se tramite por despacho. Puedes excusarte de concurrir si firmas a nuestros profesionales un mandato especial. Además, por situación de contingencia sanitaria, las audiencias se llevan a cabo mediante plataforma Zoom.
¿Hay gastos adicionales?
Sólo la inscripción en Registro Civil ($3.290). Si desean regular temas de bienes, como distribuirlos, o fijar compensaciones económicas, se cobra adicional.

